¡Lidera Energía responde!

Desde Lidera Energía seguimos dando respuesta a las preguntas más repetidas en materia de subvenciones de placas solares:

13. ¿Puedo solicitar la subvención de AUTOCONSUMO después de haber legalizado?

, el programa 4 permite solicitar el incentivo en cualquier momento anterior o posterior a la instalación.

En cambio, en industriales cualquier acto definitorio, como el contrato, el pago de la instalación, debe ser siempre posterior a la solicitud, así lo establece la convocatoria.

14. ¿Puede un extranjero, con volante de empadronamiento en el domicilio del emplazamiento ser beneficiario de la Subvención Programa 4 de Autoconsumo?

No existe obligatoriedad de tener residencia fiscal en España, debiendo en este supuesto aportar el certificado de situación censal o equivalente que acredite como mínimo el domicilio fiscal.

15. ¿Qué sucedería con una empresa que tenga una delegación en España y tiene su sede física y técnica en otro país?

Deberá acreditar el alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. Los solicitantes que no tengan residencia fiscal en España deberán presentar un certificado de residencia fiscal emitido por las autoridades competentes de su país de residencia, de acuerdo con el artículo 22 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Siguiendo en este sentido no podrán obtener la condición de destinatario último de la ayuda las personas o entidades que tengan su residencia fiscal en los territorios identificados reglamentariamente como paraísos fiscales, a menos que tengan la condición de órganos consultivos de la Administración española.

16. ¿En que momento se tramita el IBI de los clientes?

Salvo excepciones tramitaremos los IBI de clientes firmados desde el día 14-12-2022 en adelante. De estos tramitaremos el IBI después de toda la tramitación de subvenciones, autorizaciones, ejecución y legalización. En este sentido indicaremos al cliente que se refiere a autoconsumo@lideraenergia.com indicando la finalización de todo el proceso

17. ¿Cómo calculo una instalación aislada para la subvención de Autoconsumo?

En este caso no es necesario cumplir el 80%. El cálculo es exactamente igual, es decir, 600€*KwP.

18. ¿Puedo solicitar la subvención de una vivienda que no tiene todo en regla?

NO, las subvenciones exigen en periodo de justificación la presentación de las autorizaciones, declaraciones y tasas efectivamente pagadas, así como la legalización de la instalación.

 

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En Lidera Energía queremos darte todas las respuestas a tus dudas sobre placas solares. Y como queremos aportarte las mayores facilidades posibles, nos encargamos de solicitar las subvenciones disponibles para tu instalación.

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