Las tres iniciativas estrella con las que el Gobierno quiere seguir impulsando el autoconsumo. Se aumenta la distancia para autoconsumo a 1.000 metros para autoconsumo colectivo. Otra de las mejoras es la simplificación en la administración de pequeñas plantas de energía renovable de hasta 500 kW; además de introducir una medida en el impuesto de sociedades que permita a los contribuyentes amortizar gratuitamente las inversiones en equipos utilizados para el autoconsumo de energía eléctrica.

El Gobierno ha aprobado en el Consejo de Ministros el denominado Plan + Seguridad Energética, con el objetivo de proteger a los consumidores e impulsar el uso de energías renovables. Algunas de las medidas aprobadas son las siguientes:

Medida 30 del Plan +SE

«Gran parte de las actuaciones que hoy día se publicitan como comunidades renovables están realizando actuaciones que en realidad, regulatoriamente, se corresponden con el autoconsumo colectivo. Con el fin de dar una mayor visibilidad a esta figura, mediante una modificación normativa se permite a estas comunidades actuar como representantes de todos los consumidores. Asimismo, este cambio favorecerá y agilizará la tramitación de gran cantidad de actuaciones, así como la profesionalización de las mismas».

 Medida 31 del Plan +SE

«Con el fin de estimular el autoconsumo renovable, se opera una modificación en el artículo 42 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre. A fin de suprimir el requisito de que generador y consumidor pertenezcan al mismo grupo empresarial para las líneas directas que conectan plantas de generación renovables con consumidores».

Medida 33 del Plan +SE

Se impulsa el autoconsumo a través de la red incrementando la distancia de este hasta los 1.000 metros en casos de plantas generadoras ubicadas en cubierta.

Autoconsumo

Simplificación administrativa para cualquier instalación de generación renovable de pequeño tamaño de hasta 500 kW.

Impuesto sobre Sociedades

Introducción en el Impuesto sobre Sociedades, una medida por la que los contribuyentes podrán amortizar libremente las inversiones que se efectúen en instalaciones destinadas al autoconsumo de energía eléctrica, así como aquellas instalaciones para uso térmico de consumo propio, siempre que utilicen energía procedente de fuentes renovables y sustituyan instalaciones que utilicen energía procedente de fuentes no renovables fósiles.

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